


¿POR QUÉ SE CONVOCAN?
El objetivo de esta convocatoria es apoyar a las empresas que realicen inversiones para la fabricación de dispositivos médicos, equipos de protección personal, geles y aquellos productos que han sido considerados de emergencia por el Gobierno en relación con la tramitación sanitaria derivada del COVID-19.
¿QUIÉN PUEDE ACCEDER A ELLAS?
Todas las empresas legalmente constituidas en España que vayan a desarrollar un proyecto de inversión para la fabricación de material sanitario relacionado con la gestión sanitaria del coronavirus.
¿A CUÁNTO ASCIENDE LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA?
La cuantía total máxima será de 11.000.000€.
¿QUÉ CARACTERÍSTICAS TIENE?
-Subvención de hasta el 80% sobre el presupuesto financiablecon un máximo por beneficiario de 500.000€.
-Se establecen los siguientes importes máximos de ayuda por partida financiable:
-Estas ayudas podrán acumularse entre sí siempre y cuando se respeten los importes máximos y los umbrales de intensidad máxima establecidos para cada tipo de ayuda.
-El régimen de concesión de las ayudas será de concurrencia competitiva.
-En caso de que exista disponibilidad presupuestaria suficiente, la ayuda máxima por entidad podría aumentar hasta los 800.000€.
-No será necesaria la presentación de garantías para el acceso a la ayuda.
¿QUÉ TIPOS DE PROYECTOS SE PUEDEN LLEVAR A CABO?
Proyectos de producción industrial de dispositivos médicos y equipos, material sanitario, de protección individual y aquellos otros productos, como principios activos, sustancias químicas, medicamentos, u otros productos, que sean considerados de emergencia en relación con el COVID-19 y sean fabricados en territorio español, entre ellos:
-Mascarillas quirúrgicas, de tipo II y IIR.
-Mascarillas de protección individual FFP2 y FFP3.
-Kits PCR diagnóstico COVID-19 y sus consumibles.
-Kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno).
-Hisopos.
-Gafas de protección.
-Guantes de nitrilo, con y sin polvo.
-Batas desechables e impermeables.
-Soluciones hidroalcohólicas (biocida y cosmético) y sus materias primas.
-Equipos y dispositivos de ventilación mecánica invasiva (VMI).
-Fungibles o consumibles de equipos de VMI.
-Alcoholes sanitarios.
-Clorhexidrina.
¿QUÉ COSTES SON FINANCIABLES?
-Se financiará la adquisición de activos fijos de carácter material y gastos en los siguientes términos:
-Los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano serán subvencionables siempre que cumplan además los siguientes requisitos:
¿CUÁL ES LA FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN?
El plazo de solicitud comprende desde el 18 de julio hasta el 30 de julio de 2020.
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